SOLICITUD AVALES SENPE

  • Se podrá solicitar la acreditación a la SENPE de las siguientes actividades: congresos, seminarios, reuniones científicas, jornadas, simposios, actividades de formación continuada, libros y otras publicaciones.

  • El contenido de la actividad deberá ser de interés para la Sociedad. Por ello, tendrá que tratar sobre alimentación, nutrición o metabolismo.

  • La decisión de acreditación de la actividad será supeditada a la consideración del Comité Científico-Educacional de la SENPE.

  • La concesión de la acreditación será únicamente para una edición de la actividad por lo que la solicitud ha de realizarse por cada edición de la actividad en concreto.

  • No se evaluarán las actividades cuya solicitud no esté debidamente cumplimentadas.

  • No se evaluarán actividades de cierta envergadura como grandes documentos/libros, cursos on line extensos etc. (excepto si son propuestos por la propia Sociedad) dado que no se podría tomar una decisión responsable con la capacidad de que dispone el Comité Científico Educacional de la SENPE.

  • La SENPE podrá retirar la acreditación si tras su concesión:

    • La actividad no facilita la información acordada.

    • La actividad cambia sustancialmente su programación o contenido.

    • La actividad no reúne condiciones éticas o legales.

  • Actividades de formación continuada, seminarios, reuniones científicas, congresos, jornadas y simposios.

    • Deberán cumplir con los requisitos de calidad científica y organizativa.

    • En el caso de Congresos, Jornadas y Simposios, deberá ser organizado desde una institución pública reconocida y deberá tener un Comité Científico en el que conste algún socio de la SENPE

    • Los socios de la SENPE tendrán un descuento de al menos un 15% sobre el importe de la inscripción del evento científico acreditado.

  • Libros y otras publicaciones.

    • Será un documento original. Se primarán aquellos manuscritos que vengan a cubrir campos de conocimiento relevantes (frecuencia, interés general) o novedosos.

    • El trabajo tendrá que cumplir con los requisitos de calidad científica y formal.

    • Sólo se evaluarán publicaciones donde participen autores de trayectoria científica reconocida.

    • El documento debe enviarse en su formato definitivo tanto en contenido como en forma (estructura adecuada en el índice y en los apartados desarrollados, construcciones sintáctica, gramatical y ortográfica correctas). No se admitirán para su evaluación aquellos textos que no cumplan con este requisito.

    • Todo el texto habrá de basarse en referencias actualizadas, de acuerdo al estado del conocimiento científico en el momento de su edición.

    • Al menos uno de los autores del trabajo y/o editores del libro deberá ser socio de la SENPE.

  • Para solicitar la acreditación deberá cumplimentarse el “Formulario para la solicitud de acreditación”

  • Es necesario rellenar un formulario para cada actividad para la que se solicite acreditación.

  • El Comité Científico se reserva el derecho a solicitar información más detallada al solicitante para poder valorar la concesión de la acreditación.

  • La solicitud se remitirá con una antelación mínima de 60 días naturales antes de la celebración o publicación.

  • La decisión será comunicada formalmente al solicitante en un plazo no superior a 30 días naturales desde su solicitud.

  • El organizador deberá cumplimentar debidamente el formulario de solicitud.

  • En caso de que la acreditación sea concedida:

    • El responsable de la actividad se compromete a hacer constar en un lugar destacado de la misma la acreditación de la Sociedad.

    • En el caso de actividades de formación continuada, seminarios y simposios, el organizador deberá en un plazo de tres meses, enviar al Comité Científico-Educacional de la SENPE a través del secretario un breve informe donde conste el número de participantes, evaluación de la calidad del evento (mediante encuesta anónima diseñada para tal finalidad) e incidencias más notables debiendo figurar en el asunto del mail “Informe actividad xxxx acreditada”

La acreditación o aval de la SENPE atiende al interés docente/científico de la actividad acreditada. En ningún caso la SENPE será responsable de los contenidos y opiniones vertidos durante la celebración de la actividad ni de los cargos económicos derivados de la misma.